La inquisición judicial

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La inquisición judicial: cuando sancionar a los jueces se vuelve un acto político y la corte en destructora de los principios de legalidad y cosa juzgada.

Derecho al Punto, por Alejandro Ortega Mayorga

Martes 4 de noviembre de 2025

La reciente suspensión del juez de distrito en Colima, decretada por el Tribunal de Disciplina Judicial, confirma una advertencia que muchos anticipamos: el riesgo de una nueva inquisición judicial. El juez fue sancionado por supuestamente alterar sentencias y dictar resoluciones contrarias al debido proceso. Pero, ¿Dónde termina la responsabilidad y dónde empieza el castigo por ejercer libre jurisdicción?

En el sistema judicial mexicano, toda resolución emitida por un juez puede ser recurrida y revisada por un órgano colegiado. Las apelaciones, recursos de revisión y amparo existen precisamente para garantizar el control del actuar judicial. Es decir, ya existe un mecanismo institucional para “vigilar” al juez. Sancionarlo administrativamente por el contenido de su sentencia no fortalece la justicia: la subvierte.

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A esa amenaza se suma otra: el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar, ha manifestado públicamente su intención de revisar sentencias pasadas dictadas por el propio tribunal constitucional. Una postura así deja en estado de indefensión a los justiciables, pues vulnera el principio de legalidad (artículos 14 y 16 constitucionales) y destruye el principio de cosa juzgada, que da certeza de que una resolución firme no puede ser alterada al antojo del poder. Si la Corte se abre a “reescribir” decisiones previas, los derechos pierden solidez y la justicia se vuelve provisional.

El principio de libre jurisdicción garantiza que los jueces decidan conforme a la ley, no conforme a conveniencia política. Si cada decisión incómoda puede derivar en sanción o revisión retroactiva, el mensaje es claro: la independencia judicial es tolerada solo mientras no contradiga al poder.

La responsabilidad judicial no puede confundirse con obediencia institucional. Si un juez interpreta la ley de forma distinta, su decisión debe debatirse en tribunales de alzada, no en consejos disciplinarios o revisiones inquisitoriales. De lo contrario, se anula la esencia del Estado de Derecho: que el juez sea independiente y que el juicio tenga un fin.

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El caso en Colima y las declaraciones del ministro presidente son más que incidentales. Son señales de alerta: si la independencia judicial se castiga o se revoca, pronto no habrá jueces que se atrevan a decidir conforme a la ley, sino únicamente conforme a la línea.

Porque cuando sancionar se convierte en callar, y revisar se convierte en reescribir, la justicia ya no se imparte: se impone.

Alejandro Ortega MayorgaDerecho al Punto

Por Alejandro Ortega Mayorga

Abogado, fundador de OM Firma Legal. Columnista en temas de Derecho, política y sociedad.

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